Viernes 18 de Julio de 2025

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2 de diciembre de 2023

Información legislativa

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LA ORDENANZA N° 4482/23, ESTABLECE LA ADJUDICACIÓN DE:

 

BECAS UNIVERSITARIAS O TERCIARIAS. A PERSONAS, QUE:

- ACREDITEN DOMICILIO EN EL PARTIDO

- CURSEN EN ESTABLECIMIENTOS ESTATALES. SALVO QUE LA CARRERA ELEGIDA NO SEA DICTADA POR OTRO ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO DEL ESTADO.

 

ASIMISMO,

SE OTORGARÁN A ESTUDIANTES QUE REALICEN CURSOS CON UNA DURACIÓN NO MENOR A 10 MESES.

 

POR ORDENANZA 4484/23 SANCIONADA POR EL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SE OTORGAN BECAS DEPORTIVAS AMATEUR.

 

ESTAN DESTINADAS PERSONAS HASTA 25 AÑOS DE EDAD, QUE SEAN RESIDENTES DEL DISTRITO. QUIENES DEBERAN ACREDITAR SU PARTICIPACION EN TORNEOS O COMPETENCIAS DEPORTIVAS.

LA ADJUDICACION PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD NO TIENE LÍMITE DE EDAD.

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